En los últimos años Chile ha ido avanzando hacia legislaciones que apoyan y fomentan la generación de espacios inclusivos en el ámbito laboral. Por un lado, está la Ley 21.015, promulgada en Chile en mayo de 2018, que ha reivindicado el rol socio laboral de las personas con discapacidad, exigiendo a empresas y organismos públicostransitar hacia la inclusión de las casi 3 millones de personas con discapacidad de nuestro país. En síntesis, puso en la mesa un tema que hasta la fecha no había sido abordado, y que tenía a más de la mitad de esta comunidad, fuera del mercado laboral.
El 1 de noviembre de 2022 entró en vigencia la Ley 21.275 que viene a complementar y subsanar puntos críticos de la 21.015. Esta vez, hace el llamado sólo a empresas con más de 100 trabajadores(as) a generar una transformación cultural desde su ADN, ya no es sólo contratar sino también educar y asegurar que los procesos sean realmente inclusivos. Para esto, exige crear políticas, ajustes razonables, un plan de capacitación e incluir un(a) gestor(a) de inclusión en sus filas certificados(as) por ChileValora, lo que ha implicado un desafío extra, para que las organizaciones se direccionen hacia generar entornos de trabajo realmente inclusivos.
Pero eso no es todo, la percepción de la inclusión de quienes buscan trabajo hoy en Chile también ha cambiado. Según el estudio Randstad “Radiografía trabajadores(as) en Chile” de 2022, el 54% de los participantes aseguró que no aceptarían un empleo en una empresa que no hiciera esfuerzos por generar un ambiente laboral de diversidad yequidad.
Y si bien esto demuestra un gran avance en esta temática, hay una parte de este puzle del que no se habla mucho yque es imprescindible para que todo lo anterior pueda concretarse en un entorno verdaderamente inclusivo: la intermediación laboral.
Yerko González Agüero, Terapeuta ocupacional, Coordinador General inclusión Socio Laboral de Fundación Ronda y uno de los primeros 10 gestores de inclusión certificado en Chile, explica que “La intermediación laboral en Chile no es algo nuevo, al igual como los ajustes razonables, están establecidos en la ley 20.442 del año 2010 ytienen como propósito garantizar y resguardar el derecho a la igualdad de oportunidades en la inclusión laboral de una persona con discapacidad”.
Ana María Acuña Olivares, Directora de Responsabilidad Social Inclusiva de Fundación Ronda, explica que “la intermediación laboral tiene que ver con un proceso de acompañamiento y una serie de etapas para que la persona con discapacidad pueda ser colocada laboralmente de forma efectiva y sostenible en el tiempo. Lo importante es comprender que tiene que ver con un acompañamiento integral tanto para la persona con discapacidad como también a la organización, ya que se realiza una evaluación funcional de la persona con discapacidad, el análisis de puesto de trabajo el cuál se cerciorará de las condiciones físicas del lugar, las condiciones comunicacionales que hay en esa empresa, las tareas y competencias que se requieran. Además de capacitar a los equipos de trabajo relacionados, proveer ajustes razonables, entre ojos ejes importantes, como por ejemplo desde que la persona ingresa se hace un acompañamiento pero también un seguimiento en el puesto laboral, tanto a ella como a su jefatura, algo que se puede extender entre los 6 meses al año”, agrega la especialista.
Si bien la intermediación laboral para las PcD es una metodología que augura una experiencia positiva tanto para la empresa como para el trabajador(a), y que existen instituciones públicas que la apoyan e impulsan, tales como las Oficinas Municipales de Intermediación Laboral (OMIL), Bolsa Nacional del Empleo del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), el problema radica en que en Chile aún no es obligación que las personas ingresen a través de esta modalidad.
“Nosotros (as) como terapeutas ocupacionales, tenemos la formación desde lo académico y sabemos que la intermediación laboral propicia instancias de inclusión, pero hasta ahora, ni la Ley 21.015 ni la Ley 21.275 que incluye al gestor de inclusión como figura, no menciona que la incorporación de una persona con discapacidad deba hacerse a través de esta metodología”, comenta Yerko.
“Como Fundación Ronda, hacemos hincapié en esto, en cada una de las instancias en que nos reunimos con elSubsecretario del Trabajo, y otras autoridades en esta materia y hay un diagnóstico en que coincidimos, y este es que, si no hay intermediación laboral, es muy difícil hacer una inclusión 100% efectiva de personas con discapacidad”, comenta Ana María.
“Ahora también sabemos que, por el momento, esto no es abordable en ninguna legislación vigente, pero al menos en la ley 21.275 se menciona que el gestor(a) de inclusión laboral debe tener conocimiento sobre intermediaciónlaboral, análisis de puestos de trabajo, pero no hace una bajada más operativa sobre ese requisito. Por esto, como Ronda, reforzamos que es necesario que en la reforma de la Ley 21.015 que actualmente está en la cámara baja, debiese incluirse que se exijan los procesos de intermediación laboral, ya que esto nos permitirá cumplir a cabalidad con el espíritu de esta ley”, agrega la experta.
Más allá de la cuota
Una de las Compañías que ha sido partner de Ronda en los últimos años, con la implementación de su asesoría en Responsabilidad Social Inclusiva, es Zurich Santander. Quienes han conseguido grandes logros en el último tiempo en materias de diversidad, equidad e inclusión, cómo por ejemplo contar con el 2% de contratación de personas con discapacidad, es decir el doble de lo que exige la Ley 21.015, además de otros temas como el desarrollo de carrera, que también ha sido prioridad. Asimismo, ya tienen en marcha todo lo necesario para dar cumplimiento a la Ley 21.275, incluyendo la certificación, mediante el curso de Fundación Ronda, de Macarena Santelices como la primera gestora de inclusión de Zurich Santander.
Paola Bergozza, Gerente de Personas de Zurich Santander, cuenta “como Compañía, entendimos que para generar entornos laborales diversos e inclusivos es vital comenzar transformando nuestro ADN, la forma en que pensamos y cómo hacemos las cosas, lo que va más allá de cumplir la cuota que exige la ley. Además, esto lo vemos como un avance y una oportunidad que beneficia a todos nuestros colaboradores, puesto que sabemos que fomenta la productividad, la sensación de pertenencia y el clima laboral, lo que es fundamental para nosotros. Y en este camino, Fundación Ronda y a su vez, la intermediación laboral, han sido clave”.
Hasta el 31 de enero de 2023, las empresas sujetas a cumplir con Ley 21.015 pueden declarar su cumplimiento en la plataforma habilitada en la página de la Dirección del Trabajo. Las que no alcanzaron a cumplir con la contratación directa del 1% de personas con discapacidad, si tienen razones fundadas pueden subcontratar y/o donar dinero a fundaciones que sean parte del banco de donaciones dispuesto para esta Ley, como una forma de aportar, desde esta vereda, a generar nuevos y más programas que le entreguen herramientas y apoyen a la inclusión laboral de PcD.
“Como Fundación Ronda, podemos decir que son estos los aportes que permiten generar nuevas ofertas programáticas para minimizar las brechas existentes en materias de educación para las PcD y que estamos certificados como receptores de donaciones con nuestro Programa “Formación de Inclusión Sociolaboral de Personas con Discapacidad” que nos ha dejado una experiencia maravillosa y que nos enorgullece transmitir porque fomenta la descentralización y la equidad de género, y porque sabemos que las personas que cuentan con un trabajo remunerado, que les permite conciliar la vida laboral con la personal, no solo valoran la organización donde están, sino que crecen como personas”, comenta Ana María Acuña Olivares, Directora de Responsabilidad Social Inclusiva de Fundación Ronda
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