Educación

Convivencia escolar: cuando la multa revela algo más profundo

Convivencia escolar: cuando la multa revela algo más profundo

Por: Valentina Alvear Obregón, Gestora de Innovación y Tecnología en Caligrafix. Educadora de Párvulos, Profesora de Educación Básica y Profesora universitaria. Especialista en tecnología educativa inclusiva.

El reciente caso ocurrido en un colegio de Calama, donde un estudiante atacó a una inspectora que falleció, dejó a una paradocente herida y agredió a otros estudiantes, nos conmueve como sociedad.

También instala una preocupación profunda sobre el nivel de gravedad que pueden alcanzar los conflictos al interior de las comunidades educativas.

Lo ocurrido no puede entenderse como un hecho aislado. Menos reducirse a un episodio de violencia extrema. Es, ante todo, una señal de alerta sobre las brechas persistentes en la formación, el acompañamiento y la corresponsabilidad adulta en el desarrollo de niños, niñas y jóvenes.

En este contexto el debate que hoy se ha instalado en Chile. Principalmente, sobre multas a padres y apoderados por casos de bullying merece una primera aclaración.

Lo que se está discutiendo no es la creación de una sanción completamente nueva. Es una modificación puntual a la Ley N.º 20.370, Ley General de Educación. Esto, dentro del marco de convivencia escolar establecido por la Ley N.º 20.536 sobre Violencia Escolar.

La propuesta busca agregar a los apoderados a una lógica de responsabilidad. Esta ya existía para los establecimientos educacionales. Contempla multas de hasta 50 UTM, incluso duplicables en caso de reincidencia.

El texto que se propone agregar dice.

“Con todo, igual sanción podrá aplicarse a los apoderados de los estudiantes que, habiendo sido formalmente notificados por el establecimiento educacional de la existencia de conductas constitutivas de acoso escolar, no adopten medidas destinadas a evitar su reiteración.”

Ese es el origen concreto de la discusión. Y entenderlo importa, porque permite salir del tono alarmista con que muchas veces se ha presentado esta noticia. Así permite entrar en cambio, al problema de fondo.

Más allá de la multa, aquí hay una pregunta más profunda.

¿por qué hemos tenido que llegar a esta instancia para recordar que las familias también son parte del proceso formativo de sus hijos? Ese, a mi juicio, es el verdadero problema.

Hoy a las escuelas se les exige actuar. Deben tener protocolos, activar medidas, resguardar a las víctimas, intervenir, documentar y responder. Y está bien que así sea. La convivencia escolar no puede quedar librada a la improvisación. A los colegios se les exige cada vez más. Pero muchas veces las familias aparecen solo para reclamar cuando su hijo ha sido afectado, y no con la misma claridad cuando su hijo ha dañado a otro.

Ahí está el punto que más preocupa. La escuela no sólo enseña contenidos. Forma personas. Forma en respeto, en límites, en convivencia, en pertenencia y en responsabilidad. Y esa tarea no puede recaer de manera unilateral sobre el establecimiento. Educar no es delegar.

Lo digo también desde mi propia trayectoria.

Soy educadora de párvulos, profesora de educación básica, he ejercido cargos directivos en contextos escolares y soy madre de dos niños con autismo. Por eso sé que acompañar una trayectoria educativa exige presencia real, trabajo conjunto, diálogo con la escuela y disposición para sostener procesos complejos. También sé que cuando ese vínculo falla, la escuela queda cada vez más sola frente a situaciones que no puede resolver por sí misma.

Por eso entiendo por qué surge esta modificación. La sanción monetaria puede ser básica, incluso rústica, pero busca poner en la misma balanza una responsabilidad que hasta ahora recaía de manera mucho más visible sobre el colegio.

Si al establecimiento se le sanciona por no actuar, resulta comprensible que también se busque interpelar a los apoderados. Esto, cuando habiendo sido formalmente informados, no hacen nada para impedir que la conducta se repita.

Sin embargo, conviene decirlo con claridad. Una multa no repara el daño del bullying.

No devuelve la seguridad perdida, no enseña empatía, no transforma la conducta del niño que agrede ni reconstruye por sí sola la convivencia. Puede instalar urgencia. Puede funcionar como señal. Pero no reemplaza la formación.

Aquí el rol de los apoderados es fundamental. No como espectadores que exigen al colegio resolverlo todo, ni como defensores automáticos de cualquier conducta de sus hijos, sino como socios formativos. En el caso de niños con mayores dificultades de regulación, la familia debe colaborar, compartir información relevante, sostener rutinas y mantener una comunicación honesta con la escuela. Cuando agreden, debe asumir sin evasivas que acompañar no es encubrir. En ambos casos, la tarea adulta es la misma: poner límites con dignidad y enseñar formas más humanas de convivir.

Por eso, más que celebrar o rechazar esta medida de manera automática, esta noticia debiera incomodarnos por una razón mucho más profunda. Revela cuánto hemos debilitado la corresponsabilidad entre familia y escuela.

Cuando el rol del apoderado se vuelve ausente, no solo falla un vínculo administrativo. Falla una parte esencial del proceso de formar personas capaces de convivir con respeto, empatía y límites.

Tal vez la pregunta urgente no sea cuánto debe costar una multa, sino cuánto nos está costando, como sociedad, haber llegado al punto en que necesitamos sancionar lo que debiera ser una responsabilidad ética elemental. Porque las leyes pueden advertir, pero solo la presencia adulta, coherente y comprometida, puede prevenir de verdad el daño y formar mejores comunidades.

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