A BRINDAR EN FIESTAS PATRIAS CON BENEFICIO ESTATAL

Happy co-workers celebrating while company party and corporate event. Young caucasian people in business attire cheering, laughting. Concept of office culture, teamwork, friendship, holidays, weekend.

Compartir un momento de distensión con los colaboradores, puede mejorar el clima laboral y  contribuir a estrechar los lazos con el equipo. Además, celebrar con una copa de vino puede ser una buena forma de reconocer el desempeño en el trabajo; o una manera de fidelizar a los clientes al festejar junto a ellos.

No todos lo saben, pero, el artículo número 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta acepta la compra de alcohol como gasto asociado a la empresa siempre que cumpla con ciertos requisitos.

Tal como explica el contador auditor Cristian Montero, director de Adactiva, este beneficio tributario es de gran ayuda para los emprendedores que están pensando en celebrar el aniversario patrio junto a su equipo de trabajo, aprovechando un espacio de esparcimiento para motivarlos y reforzar su compromiso con el negocio.

En este ámbito, son cuatro las condiciones que impone el Servicio de Impuestos Internos para considerar la compra de vino, chicha y otros licores como gasto de la empresa:

  1.   Estos gastos deben ir asociados a la generación de renta, es decir, deben tener alguna relación con el giro o la actividad económica de la empresa.
  2.   Los dineros no deben haber sido rebajados en virtud del artículo 30 de la misma ley, que se refiere a los gastos rechazados.
  3.   Los gastos deben estar pagados o ser adeudados en el ejercicio comercial correspondiente.
  4.   El desembolso debe acreditarse o justificarse en forma fehaciente ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).

“Estos gastos se pueden deducir de la base imponible del impuesto a la renta, lo que significa que se pagan menos impuestos por las utilidades de la empresa”, explica Cristian Montero, director de Adactiva.

 Según el organismo fiscalizador, los gastos incurridos en la compra de alcoholes tienen que tener relación con actividades extra programáticas de la empresa, con la finalidad de distensión y generación de un buen ambiente laboral. “Igualmente, éstos gastos pueden justificarse si son realizados para la captación y fidelización de clientes, ya que podrán ser calificados como un gasto necesario para producir la renta”, aclara el contador auditor.

Sin embargo, para que estos gastos sean aceptados, deben cumplir con tres requisitos:

  1. Que el origen sea voluntario y no provenga de una obligación contractual.
  2.   Que estén dirigidos y abiertos a todas las personas de la empresa.
  3.   Que estén dentro de un rango de montos razonables.

“Invitar a tus clientes a un almuerzo, una cena o un evento con alcohol puede ser útil para fortalecer la relación con ellos y agradecerles su lealtad. Además, compartir con ellos un momento distendido puede ser una oportunidad para conocer mejor sus necesidades, expectativas y preferencias, ofreciéndoles más adelante soluciones mucho más personalizadas”, sostiene Cristian Montero.

Adicionalmente, el director de Adactiva explica que comprar alcohol con dinero de la empresa permite a las pymes ahorrar impuestos. Aunque, claro, siempre conviene asesorarse adecuadamente para mantener una relación sana y fluida con el SII.

Editor Banco de Noticias

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