Movilidad

MTT publica nuevo reglamento que regula el remolque de vehículos averiados o accidentados en la vía pública

El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) informó la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 55/2025. Aprueba el “Reglamento sobre el remolque de vehículos motorizados averiados o accidentados en la vía pública”.

Fue publicado en el Diario Oficial el viernes 7 de agosto.

La nueva normativa da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley de Tránsito.

Busca poner fin al uso de elementos artesanales como lazos, cadenas o cuerdas elásticas. Esto, para remolcar vehículos. Prácticas que hasta ahora estaban asociadas a colisiones por alcance y pérdidas de control. Precisamente debido a la ausencia de un sistema de frenado y dirección coordinado entre los vehículos.

Al respecto, el subsecretario de Transportes, Martín Mackenna, indicó que “con este reglamento avanzamos hacia una mayor seguridad vial, terminando con prácticas riesgosas que durante años se realizaron sin ningún estándar técnico. Ahora existen reglas claras para las grúas y para los conductores particulares que deban remolcar un vehículo con problemas en la vía pública”.

Principales disposiciones

El reglamento distingue dos tipos de remolque:

  1. Remolque mediante vehículos de auxilio (grúas):

  • Podrán transportar hasta un máximo de dos vehículos simultáneamente mediante mecanismos de izamiento. En el caso de motocicletas, se podrán transportar la cantidad que la plataforma de carga y sus elementos de sujeción le permitan.
  • También podrán operar con mecanismos de elevación y/o arrastre.
  • Deberán usar dispositivos luminosos y elementos retroreflectantes durante las maniobras.
  1. Remolque realizado por un vehículo particular (no de auxilio):

  • El vehículo que efectúe el remolque deberá tener dimensiones y peso superiores al vehículo remolcado.
  • La unión entre el vehículo remolcado y el remolcador deberá hacerse mediante una barra metálica, quedando prohibido el uso de cuerdas o lazos.
  • El vehículo remolcado deberá mantener sus luces de viraje encendidas y parpadeando durante todo el trayecto, si la naturaleza de la avería lo permite.
  • No se permite el traslado de pasajeros en el vehículo remolcado, salvo una persona al volante para colaborar en la maniobra.
  • La velocidad máxima permitida será de 40 km/h en zonas rurales e interurbanas y de 30 km/h en zonas urbanas.

Para el remolque de vehículos que transporten cargas peligrosas, continuará aplicándose el Decreto Supremo N° 298/1994 del MTT.

Gestor Noticias

View Comments

Recent Posts

Pingüinos, lobos marinos y otras especies: qué hacer al encontrar fauna silvestre en problemas

Ante el hallazgo de pingüinos, lobos marinos, aves, tortugas u otros animales silvestres en problemas,…

16 minutes ago

Tomás de Gavardo concluye entre los 30 primeros en Rally de Marruecos

-El piloto chileno superó molestias físicas iniciales para completar con éxito la cuarta fecha del…

53 minutes ago

76% de los chilenos espera que el Gobierno aumente su acción frente al medio ambiente y el cambio climático

Estudio realizado junto a La Vulca revela que el 82% de las personas ha percibido…

53 minutes ago

Alquilar un coche en Punta Cana: guía practica para el viajero

Unsplash Punta Cana suele venderse como un destino de todo incluido. Llegas, te instalas en…

1 hour ago

La inclusión entra en juego: Corpo Games presentó a los equipos que competirán este domingo

Juaco, Dani, Pablo, Seba y Carlos serán los capitanes de los equipos morado, verde, amarillo…

2 hours ago

Más de 11 mil casos y 2.474 muertes al año: el cáncer de próstata pone a prueba a la salud en Chile

Foto de Clay Banks en Unsplash Más de 11 mil casos y 2.474 muertes al…

2 hours ago