La nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria (Ley 21.442) ha incorporado múltiples cambios para responder a las nuevas necesidades y realidades de quienes compran o arriendan un inmueble. Una de estas nuevas modificaciones obliga a las inmobiliarias –independiente de la administración- que entreguen una detallada rendición de cuentas operacionales y financieras, con sus respectivos riesgos al no hacerlo.
Esta medida data de mayo de 2022, tras la publicación en el Diario Oficial de la Ley. En el texto, se obliga a todas las inmobiliarias que entreguen sus proyectos, aplicar en la primera asamblea de copropietarios, una rendición de cuenta operacional y la consolidación de las aceptaciones mensuales de las rendiciones de cuentas y los balances mensuales, desde la administración transitoria, hacia el comité inmobiliaria, ante la primera asamblea, donde se nombra el primer comité de administración copropietarios.
Este año, 1.243 edificios y condominios en todo Chile, a través del comité de administración inmobiliaria, deberán rendir cuentas operacionales y financieras ante la primera asamblea de copropietarios. Pero, ¿qué pasa si no lo hacen? Según comenta Gonzalo Jiménez Cocq, CEO de Auditamos.cl, “hoy tanto administración como miembros de un comité de administración pueden ser demandados por cualquier arrendatario, ocupante y copropietario, hasta cinco años futuros”. Esto quiere decir que en todo edificio o condominio donde se desarrolló una primera asamblea de copropietarios desde mayo 2022 y no se aplicó este proceso, los ejecutivos de la inmobiliaria tienen este riesgo legal ante su patrimonio personal.
“Lo único que blinda una potencial demanda penal y civil, son las auditorías, ya que se certifica ante evidencias de un tercero experto en certificar la documentación global. Esta auditoría es presentada ante la presente asamblea, quedando blindada en una escritura pública, siendo hoy un proceso que se esta masificando en la entrega de proyectos inmobiliarios, proceso similar que ocurre en empresas, abiertas a la bolsa, que se blindan a través de firmas auditoras, blindándose ante una demanda de los socios accionarios””, agrega el CEO de Auditamos.cl.
La Ley de Copropiedad entrega al arrendatario y ocupante los mismos de derechos que al copropietario, abriendo un alto riesgo para que cualquier habitante de la comunidad aplique una demanda por pérdida patrimonial.
Respecto a los deberes del Comité de Administración se detalla lo siguiente.
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