La Ley N° 21.659 de Seguridad Privada entrará en vigencia el próximo 28 de noviembre.
Su implementación eleva los requisitos técnicos, de formación y de fiscalización para el sector privado de seguridad.
Refuerza la complementariedad entre actores privados y autoridades públicas.
Con especial énfasis en las que sean declaradas como entidades obligadas de riesgo medio o alto.
En ese contexto, tanto las autoridades como el sector privado se están preparando para adaptarse a las nuevas disposiciones que tendrá esta nueva normativa.
En el seminario “La Brecha del Miedo” organizado por ALTO Chile y la Universidad Adolfo Ibáñez, la Subsecretaria de Prevención del Delito, Carolina Leitao, señaló que esta nueva norma será un reforzamiento del trabajo público-privado.
“Hoy tenemos un desafío que es la implementación de la Ley de Seguridad Privada. Se trata de una normativa que releva el rol complementario de actores privados. Esto, en materia de seguridad estableciendo mayores estándares para el sector. También mayor capacidad fiscalizadora y mejor formación de guardias y vigilantes privados”, remarcó.
“Uno de los primeros grandes efectos de la implementación de la Ley, va a estar relacionado con la inversión del sector privado. Ello, para alcanzar los nuevos estándares. Modificar sus estudios y planes de seguridad, con énfasis en la tecnología, medidas de seguridad física, y fortaleciendo los protocolos o procesos con los que opera el personal de seguridad privada. Hasta ahora el sector privado ha tratado de ser cauto en términos de esperar cuál será la regulación que deben cumplir. Todo, para efecto de poder realizar inversiones”, agregó Eduardo Hernández, Gerente Legal & Compliance de ALTO Chile.
Son diferenciados para cada industria. Según Eduardo Hernández, “el mayor desafío lo van a tener tres industrias. La de venta de combustibles, bancos y empresas que apoyan el giro bancario. Además las empresas de transporte de valores. La ley establece que todas las empresas que explotan estos giros deben implementar todas las adecuaciones en un plazo de seis meses. Esto, desde la fecha de su entrada en vigencia”.
El resto de las actuales entidades obligadas contarán con un periodo transitorio de hasta dos años. Ello, para lograr adecuar sus estándares a la nueva ley. Esto, en la medida que sean notificadas por la Subsecretaría de Prevención del Delito para asignarles una clasificación de riesgo.
Esto permitirá una coexistencia temporal entre “empresas que van a operar de acuerdo a los nuevos estándares de la Ley, y otras que van a mantener los estándares del marco normativo anterior”, sostuvo Hernández.
Otro de los aspectos importantes de esta ley es la creación del Registro de Seguridad Privada. Estará a cargo de la Subsecretaría de Prevención del Delito.
Este registro contendrá seis subregistros entre los cuales estará el Subregistro de Sanciones. Éste agrupará todas las infracciones cometidas por entidades obligadas. También personas naturales o jurídicas que hayan sido sancionadas en razón del marco normativo actual.
Este registro será secreto, y sólo tendrá acceso Carabineros. También las delegaciones presidenciales regionales, los juzgados de policía local, las entidades obligadas y las personas naturales y jurídicas autorizadas que ejerzan actividades de seguridad privada.
La Subsecretaría deberá aplicar todas las medidas de resguardo necesarias para preservar la seguridad de los datos tratados. Esto, de acuerdo a la normativa de protección de datos personales.
“Eso va a implicar una disponibilización de grandes volúmenes de información que luego deberán ser procesados por parte de la Subsecretaría de Prevención del Delito. Volcarlos a ese subregistro y sistematizarlos”, explicó el Gerente Legal & Compliance de ALTO Chile.
ALTO es una empresa de servicios multinacional dedicada a la protección de activos, marcas y personas a través de soluciones basadas en tecnología para generar comunidades más seguras, disminuir riesgos y delitos. ALTO está presente en Chile, México, Colombia, España y Estados Unidos.
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