El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) informó la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 55/2025. Aprueba el “Reglamento sobre el remolque de vehículos motorizados averiados o accidentados en la vía pública”.
La nueva normativa da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley de Tránsito.
Busca poner fin al uso de elementos artesanales como lazos, cadenas o cuerdas elásticas. Esto, para remolcar vehículos. Prácticas que hasta ahora estaban asociadas a colisiones por alcance y pérdidas de control. Precisamente debido a la ausencia de un sistema de frenado y dirección coordinado entre los vehículos.
Al respecto, el subsecretario de Transportes, Martín Mackenna, indicó que “con este reglamento avanzamos hacia una mayor seguridad vial, terminando con prácticas riesgosas que durante años se realizaron sin ningún estándar técnico. Ahora existen reglas claras para las grúas y para los conductores particulares que deban remolcar un vehículo con problemas en la vía pública”.
El reglamento distingue dos tipos de remolque:
Para el remolque de vehículos que transporten cargas peligrosas, continuará aplicándose el Decreto Supremo N° 298/1994 del MTT.
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